Servicios

Nuestros servicios catastrales están a tu
alcance y son completamente gratuitos.

En Catastro nos aseguramos que se refleje siempre la realidad física, jurídica y económica de cada predio de la ciudad.
¿Cómo lo hacemos?

Usamos información cartográfica como mapas digitales e imágenes satelitales.
Realizamos visitas técnicas para detectar cambios (construcciones nuevas, divisiones de lotes, etc.).

Así nuestra información siempre está alineada con los cambios ocurridos en el territorio.
Con lo anterior evitamos que el usuario tenga que recurrir a nuestros servicios para tener la información de su predio actualizada.

¿Qué documentos necesitas para hacer tu solicitud?

Nuestros servicios están a tu alcance y todos son gratuitos.

Formulario único de trámites y certificaciones catastrales
Descárgalo aquí
Copia del documento de identidad

Aplica para el propietario, solicitante, apoderado y/o representante legal.

Según tu rol, estos son los documentos
que debes adjuntar:
Rol
Representante legal de una persona jurídica
Apoderado
Autorización por escrito
Fiduciario o fideicomitente
Locatario (Leasing habitacional)
Documento a entregar
Certificado de existencia y representación legal.
Poder general (escritura pública) o poder especial dirigido a la Gerencia de Gestión Catastral.
Documento firmado por el propietario.
Copia de la escritura pública registrada.
Autorización expresa o poder general del propietario.
Tener en cuenta
Certificado de existencia y representación legal.
Especificar claramente el predio y el trámite a realizar
Especificar alcance de la autorización.
Copia de la escritura pública registrada.
Autorización expresa o poder general del propietario.
  • Cambio de propietario, poseedor u ocupante de un predio (Mutación primera)
  • Modificación de los coeficientes de copropiedad en Propiedad Horizontal o Condominios (Mutación segunda)
  • Segregación o división de desarrollos urbanísticos y zonas de cesión (Mutación segunda)
  • Segregación o división de predios no sometidos a régimen de propiedad horizontal (Mutación segunda)
  • Agregación o unión de predios (Mutación segunda)
  • Nuevas Construcciones o Demoliciones (Mutación tercera)
  • Cambio de uso o destino económico del predio (Mutación tercera)
  • Autoestimación de Avalúo (Mutación cuarta)
  • Revisión del Avalúo Catastral (Mutación cuarta)
  • Incorporación de Predios Formales o Informales (Mutación quinta)
  • Modificaciones originadas por actos administrativos expedidos por entidades territoriales (Mutación quinta)
  • Modificaciones producto de la adopción del modelo extendido catastro registro en su versión vigente (Mutación quinta)
  • Proyectos de Infraestructura de Transporte
  • Procedimientos catastrales con efectos registrales
  • Complementaciones
  • Cancelación por causas naturales o de fuerza mayor
  • Cancelación por cambio de unidad orgánica catastral o doble inscripción
  • Rectificaciones
  • Precisión de la georreferenciación del predio, las construcciones o edificaciones cuando estén soportadas por un levantamiento topográfico
  • Rectificación de errores en la inscripción catastral
¿Quieres actualizar el propietario
de un predio sin afectar su avalúo?

Estos cambios pueden hacerse automáticamente gracias a los procesos de interoperabilidad con la Superintendencia de Notariado y Registro.

¿Qué necesitas presentar?
¿Tienes escritura pública, acto
adminitrativo o sentencia judicial que
acredite la titularidad del predio?
¿No tienes escritura pública ni
documentos formales?
No te preocupes, si tu predio está en condición de informalidad, puedes demostrar la posesión.
¿Genera cargos en el avalúo?

No. Actualizar el propietario, poseedor u ocupante
no afecta el valor registrado de tu predio.

¿Cuándo queda aplicado?

El trámite se ejecuta en 5 días hábiles a partir de la solicitud.

¿Cuánto tarda?

Tu solicitud se resuelve de manera inmediata si la realizas presencial. De lo contrario, se tarda 5 días hábiles desde el momento de tu solicitud y te llegará comunicación al correo electrónico registrado.

¿Cambiaron los porcentajes de
copropiedad en tu edificio o condominio?

Aplica para predios formales que se encuentran en Propiedad Horizontal o Condominios.

¿Qué necesitas presentar?
Si solo cambias los coeficientes
Si se modificaron áreas o
unidades prediales
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí, desde la fecha de inscripción.

¿Cuándo queda aplicado?

Desde la fecha de inscripción en el folio de matrícula inmobiliaria..

¿Cuánto tarda?

Se tarda 15 días hábiles desde el momento de tu solicitud.
30 días hábiles si requiere visita técnica.

Efectos legales

- Notificación del acto administrativo al solicitante.
- Aplica recurso de reposición y apelación.

¿Necesitas dividir un terreno para
construcción o ceder áreas públicas?

Cuando un barrio crece o se urbaniza, el catastro debe actualizarse.
Así el mapa oficial refleja la realidad de la ciudad, su desarrollo y garantiza los derechos de los propietarios.

¿Qué necesitas presentar?
Requisito
Descripción
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí, desde la fecha de inscripción catastral.

¿Cuánto tarda?

Se tarda 15 días hábiles desde el momento de tu solicitud.
30 días hábiles si requiere trabajo de campo.

Este trámite sirve para:

- Registrar lotes o viviendas nuevas creadas en urbanizaciones ya existentes.
- Incorporar áreas de uso público, como parques, vías o zonas verdes.

¿Quién puede solicitarlo?

Tanto particulares (de parte) como la autoridad catastral (de oficio).

¿Tiene efectos legales?

Sí. El solicitante recibe una notificación formal. Aplica recurso de reposición y apelación.

¿Vas a dividir un predio o
modificar sus linderos?

Este servicio aplica para predios formales, y no aplica para predios
que se encuentran en Propiedad Horizontal.

¿Qué necesitas presentar?
Requisitos
Evidencia fotográfica de la
características físicas del predio:
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí, desde la fecha de inscripción.

¿Cuándo queda aplicado?

Desde la fecha de inscripción en el folio de matrícula inmobiliaria.

¿Cuánto tarda?

Se tarda 15 días hábiles desde el momento de tu solicitud.
30 días hábiles si requiere visita técnica.

Efectos legales:

- Notificación del acto administrativo al solicitante.
- Aplica recurso de reposición y apelación.

¿Necesitas unir varios predios?

Este proceso permite fusionar dos o más predios, creando una nueva unidad catastral. Ideal para aquellos que desean consolidar su propiedad o modificar los linderos de su terreno.

¿Qué necesitas presentar?
Requisitos
Descripción
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí. El nuevo avalúo aplica desde la fecha de inscripción en el folio de títulos.

¿Cuánto tarda?

Se tarda 15 días hábiles desde el momento de tu solicitud.
30 días hábiles si requiere trabajo de campo.

¿Quién puede solicitarlo?

Tanto particulares (de parte) como la autoridad catastral (de oficio).

¿Qué fecha se registra?

La fecha de inscripción en el folio de títulos es la que se toma para efectos catastrales.

¿Tiene efectos legales?

Sí. El solicitante recibe una notificación formal. Aplica recurso de reposición y apelación.

¿Construiste, demoliste o hiciste reformas en tu predio?

Este servicio permite actualizar el catastro en los siguientes casos:
- Si se agregó, remodeló o derribó algo en su propiedad.
- Si existen cambios en la estructura, materiales o distribución (ej. ampliaciones, reformas).

Que necesitas presentar
Requisito
Descripción
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí. se ajusta desde la vigencia de la fecha de inscripción catastral.

¿Cuando queda aplicado?

Desde la fecha en que se radica la solicitud

¿Cuanto tarda?

Se tarda 15 días hábiles desde el momento de tu solicitud.
30 días hábiles si requiere visita técnica.

¿Quién puede solicitarlo?

- El propietario o poseedor.
- También puede iniciarse de oficio por la administración.

¿Tiene efectos legales?

Sí.
- Notificación al solicitante.
- Comunicación al propietario del predio formal (si aplica).
- Procede recurso de reposición y apelación.

¿El uso de su predio ha cambiado?

Si deseas cambiar el uso o el destino de tu propiedad, este trámite es el adecuado para ti. Ya sea para fines residenciales, comerciales, industriales o institucionales, asegúrate de cumplir con los requisitos para registrar el cambio.

¿Qué necesitas presentar?
Requisitos
Tener en cuenta
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí, desde la vigencia de la fecha de inscripción.

¿Cuánto tarda?

Se tarda 15 días hábiles desde el momento de tu solicitud.
30 días hábiles si requiere trabajo de campo.

¿Quién puede solicitarlo?

Tanto particulares (de parte) como la autoridad catastral (de oficio).

¿Cuál es la fecha de inscripción?

Es la fecha en la que se hizo la solicitud.

¿Tiene efectos legales?

El solicitante recibe una notificación formal.
Aplica recurso de reposición y apelación.

Recuerda!

El cambio de uso o destino económico puede tener un impacto en la tarifa aplicada en la liquidación del impuesto predial

¿Tu avalúo refleja realmente el valor de tu predio?

¿Qué es?
Un proceso para solicitar la revisión del avalúo asignado a tu predio, ya sea por iniciativa propia o por parte de la administración.

¿Qué necesitas presentar?
¿Qué necesitas?
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí. Aplica desde la vigencia solicitada o desde el
año reajustado por el Gobierno Nacional.

¿Cuánto tarda?

Se tarda hasta 3 meses desde el momento de tu solicitud.

¿Cuándo queda aplicado?
Depende del tipo de ajuste
Fecha de aplicación
¿Quién puede solicitarlo?

El propietario, poseedor u ocupante de los predios tanto formales como informales.

Requisitos legales

- Notificacióndel acto administrativo al solicitante
- Procede recurso de reposición y apelación.

Recuerda!

Indicar el año que deseas revisar. Si no lo haces, se entenderá que es el más reciente.

¿Y si el valor lo propones tú?

Si el valor en el catastro no coincide con el de tu propiedad, puedes solicitar un cambio presentando un avalúo respaldado con documentos.

¿Qué necesitas presentar?
¿Qué debes presentar?
¿Genera cargos en el avalúo?

Se actualiza el avalúo catastral, con efecto a partir del 1° de enero del año siguiente.

¿Cuánto tarda?

Se tarda 15 días hábiles desde el momento de tu solicitud.
30 días hábiles si requiere visita técnica.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier propietario, poseedor u ocupante, para predios tanto formales como informales.

Fechas clave

- Solicítalo antes del 30 de junio de cada vigencia.
- Inscripción catastral: 31 de diciembre del mismo año.

¿Tu predio no está en la base de datos catastral?

Nuestro servicio permite la incorporación de predios, sin importar si son formales o se encuentran en condición de informalidad.

¿Qué necesitas presentar?
Para Adjudicaciones
Si no tienes lo anterior
Documentos adicionales
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí. Se asigna un avalúo catastral como parte del proceso de incorporación.

¿Cuándo queda aplicado?

- Si el predio es informal: Fecha del documento que acredite la posesión u ocupación. Si no hay, la fecha declarada por el ocupante.
- Si el predio es formal: Fecha del registro en el folio de matrícula inmobiliaria.

¿Cuánto tarda?

Se tarda 15 días hábiles desde el momento de tu solicitud.
30 días hábiles si requiere visita técnica.

¿Qué es?

La inclusión de predios que no han sido registrados anteriormente en el catastro.

¿Quién puede solicitarlo?

- El propietario, poseedor u ocupante.
- También puede iniciarse de oficio por la administración.

¿Tiene efectos legales?

Sí.
- Se notifica al solicitante.
- Se comunica al propietario del predio formal (si aplica).
- Puedes presentar recurso de reposición y apelación.

¿Por qué cambió la información de mi predio?

Esto puede deberse a que la entidad competente tomó una decisión oficial (acto administrativo) que afecta las características del territorio.

¿Qué necesitas presentar?
¿Qué necesitas?
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí. El nuevo avalúo entra en vigor desde el 1 de enero del año siguiente a la expedición del acto administrativo.

¿Cuánto tarda?

Se tarda 15 días hábiles desde el momento de tu solicitud.
30 días hábiles si requiere trabajo de campo.

¿Qué tipo de solicitud es?

- De oficio, cuando lo hace la autoridad catastral
- De parte, cuando tú lo solicitas directamente

¿Tiene efectos legales?

Sí.
Recibirás notificación formal del acto administrativo.
Aplica recurso de reposición y apelación si no estás de acuerdo.

Recuerda!

Este servicio aplica para predios en condición de formalidad.

¿Tu predio tiene cambios por el Modelo Catastro-Registro?

Cuando hablamos del modelo Catastro-Registro, nos referimos a una forma más completa de tu propiedad. Comprende los datos básicos (tamaño y ubicación del terreno), y la información de los dueños y personas que viven allí.

¿Qué puedes actualizar?

Puedes actualizar información importante sobre tu predio y sobre ti, como:
- El tipo de relación que tienes con el predio (¿eres propietario, poseedor o tenedor?)
- El tipo de predio (urbano, rural, baldío…)
- Datos personales del titular (sexo, grupo étnico, etc.)

¿Qué tipo de solicitud es?

- De oficio, cuando lo hace la autoridad catastral
- De parte, cuando tú lo solicitas directamente

¿Tiene efectos legales?

Sí.
La autoridad catastral notificará el cambio por medios electrónicos, en persona o por aviso.

¿Tu predio está afectado por un
proyecto de infraestructura de transporte?

¿Qué necesitas presentar?
Requisitos técnicos y jurídicos
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí.

¿Cuánto tarda?

Se tarda 15 días hábiles desde el momento de tu solicitud.
30 días hábiles si requiere trabajo de campo.

Aplica a

Predios en condición de formalidad.

¿Qué tipo de solicitud es?

- De oficio, cuando lo hace la autoridad catastral
- De parte, cuando tú lo solicitas directamente

Fecha de la inscripción general

Es la misma fecha del acto administrativo.

Notificación

Notificación del acto administrativo y a vecinos colindantes por medio de correo electrónico, personal o por aviso.

Se puede presentar recurso de reposición y apelación.

¿Tu predio necesita reflejar en el registro los cambios reales en linderos o área?

Recuerda:
Toda la información catastral debe coincidir con la realidad física y jurídica del predio.

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cargos en el avalúo?

Si.

¿Cuándo queda aplicado?

15 días hábiles. Si requiere trabajo de campo hasta 30 días.

Requisitos legales:

Se realizará notificación del acto administrativo al solicitante y a sus vecinos colindantes, por medios electrónicos, personales o por aviso. Se puede presentar recurso de reposición y apelación.

Recuerda que los mapas deben ser elaborados según las normas técnicas vigentes del Instituto Geográfico Agustín Codazzi-IGAC.
Aplica a:

predios en condición de formalidad.

Tipo de solicitud:

De parte o de oficio.

Fecha de la inscripción general es la misma fecha del acto administrativo.
¿Sabías que puedes agregar datos adicionales sobre tu predio?

Si cuentas con información que puede enriquecer los datos actuales de tu predio —como fotos, documentos o certificaciones— puedes solicitar su incorporación en el catastro.

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cargos en el avalúo?

No.

¿Cuándo queda aplicado?

15 días hábiles. Si requiere trabajo de campo: hasta 30 días.

Todo esto permite construir una visión más completa del territorio.
Tipo de solicitud:

De parte o de oficio.

Aplica a:

Predios formales e informales.

¿Qué pasa con un predio cuando la naturaleza lo transforma o lo borra del mapa?

Un procedimiento para formalizar la modificación o desaparición de un predio tras eventos como desastres naturales, avalado por orden judicial o autoridad competente.

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cargos en el avalúo?

No.

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles. Si requiere trabajo de campo: hasta 30 días.

Fecha de inscripción catastral:

- Fecha del acto emitido (a solicitud de parte).
- Fecha ordenada por el juez o, en su defecto, del acto emitido por Catastro.

Tipo de solicitud:

De parte o de oficio.

Aplica a:

Predios formales e informales.

¿Tu predio aparece dos veces o cambió de jurisdicción catastral?

Cuando los límites territoriales son modificados, también debe hacerlo su registro.

¿Qué necesitas presentar?
Documentos
En caso de doble inscripción
¿Por qué ocurre?

- Porque el predio está duplicado en la base catastral.
- Porque ha sido reasignado a otra unidad orgánica catastral.
- Porque una autoridad judicial o administrativa ha ordenado la modificación.

¿Tu información catastral está mal registrada?

Puedes solicitar una rectificación catastral para corregir errores o imprecisiones frente a la realidad del predio.

¿Qué necesitas presentar?
Lo que necesitas
Documentación
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí, la rectificación afecta variables que inciden en el valor del predio.

¿Cuándo queda aplicado?

Depende del caso:
- Si es un error en la formación o actualización: fecha de puesta en vigencia
- Si es otro tipo de error: fecha del acto administrativo de corrección

¿Qué se puede corregir?

Errores en variables como:
- Área del predio
- Uso o destinación
- Coeficientes de construcción
- Otros datos técnicos

¿Tiene efectos legales?

Sí, si la corrección afecta el avalúo:
- Recibirás una notificación formal
- Aplica recurso de reposición y apelación

Si no afecta el avalúo:
- Solo se te informará la corrección (sin derecho a recurso)

¿Tu predio no está correctamente georreferenciado en el mapa catastral?

¿Qué puedes corregir?
La ubicación exacta del predio, construcciones o edificaciones si cuentas con un levantamiento topográfico que lo respalde.

¿Qué necesitas presentar?
Tipo de predio / área
Documento requerido
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí, debido al ajuste generalmente en el área.

¿Cuándo queda aplicado?

- Si el error fue en una actualización o formación catastral: desde la puesta en vigencia.
- Si es otro caso: desde la fecha del acto que lo corrige.

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles. Hasta 30 días si se requiere trabajo de campo.

¿Quién puede solicitarlo?

- El propietario, poseedor u ocupante
- También puede iniciarse de oficio por la administración.

¿Tiene efectos legales?

Sí.
- Notificación al solicitante.
- Comunicación al propietario (si aplica).
- Aplica recurso de reposición y apelación.

¿Necesitas corregir un error en tu información catastral?

Corrección de la inscripción catastral de un predio frente inconsistencias con la realidad del predio (errores o imprecisiones).

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cargos en el avalúo?

Únicamente si la rectificación se realiza sobre variables tales como área, uso, coeficiente, entre otras.

¿Cuándo queda aplicado?

- Si larectificación se realiza por errores en la actualización o formación catastral,será la fecha de puesta en vigencia.
- Si es por otro motivo, será la fecha del acto enel que se corrige.

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles. Si se requiere trabajo de campo, puede extenderse hasta 30 días.

¿Cómo se puede solicitar?

Por parte del ciudadano De oficio por la entidad catastral.

¿Para qué tipo de predios aplica?

Formales e informales.

¿Qué pasa legalmente?

- Si el error afecta el avalúo, se emite un acto administrativo y se notifica al solicitante (por correo electrónico, en persona o por aviso).
- Si no afecta el avalúo, se realiza una comunicación simple.
- Se puede presentar recurso de reposición o apelación solo cuando se emite un acto administrativo.

¿Cómo acceder a nuestros servicios?

Puedes radicar tu solicitud a través de los siguientes canales:

Presencial:

Vía 40 #69-111, Piso 4 Barranquilla.

Correo electrónico:

gerenciagestioncatastral@barranquilla.gov.co