Servicios

Nuestros servicios catastrales están a tu
alcance y son completamente gratuitos.

En Catastro nos aseguramos que se refleje siempre la realidad física, jurídica y económica de cada predio de la ciudad.
¿Cómo lo hacemos?

Usamos información cartográfica como mapas digitales e imágenes satelitales.
Realizamos visitas técnicas para detectar cambios (construcciones nuevas, divisiones de lotes, etc.).

Así nuestra información siempre está alineada con los cambios ocurridos en el territorio.
Con lo anterior evitamos que el usuario tenga que recurrir a nuestros servicios para tener la información de su predio actualizada.

¿Qué documentos necesitas para hacer tu solicitud?

Nuestros servicios están a tu alcance y todos son gratuitos.

Formulario único de trámites y certificaciones catastrales
Copia del documento de identidad

Aplica para el propietario, solicitante, apoderado y/o representante legal.

Según tu rol, estos son los documentos
que debes adjuntar:
Rol
Documento a entregar
Tener en cuenta
Representante legal de una persona jurídica
Certificado de existencia y representación legal.
Certificado de existencia y representación legal.
Apoderado
Poder general (escritura pública) o poder especial dirigido a la Gerencia de Gestión Catastral.
Especificar claramente el predio y el trámite a revisar, así como la autorización expresa de la notificación electrónica.
Autorización por escrito
Documento firmado por el propietario.
Especificar claramente el predio y el trámite a revisar, así como la autorización expresa de la notificación electrónica.
Fiduciario o fideicomitente
Copia de la escritura pública registrada.
Certificado de existencia y representación legal.
Locatario (Leasing habitacional)
Autorización expresa o poder general del propietario.
Especificar claramente el predio y el trámite a revisar, así como la autorización expresa de la notificación electrónica.
  • Cambio de titular
  • Rectificaciones
  • Rectificación en la precisión
  • Predios nuevos u omitidos
  • Revisión de Avalúo
  • Segregación de predios
  • Agregación de predios
  • Modificación de Coeficientes
  • Segregación desarrollos urbanísticos
  • Nuevas construcciones o demoliciones
  • Cambio de uso o destino económico
  • Cancelación por doble inscripción
  • Cancelación por causas naturales
  • Autoestimación de Avalúo
  • Procedimientos catastrales con efectos registrales
  • Procedimientos catastrales con efectos registrales para proyectos de infraestructura
  • Complementaciones
  • Modificaciones originadas por actos administrativos
¿Quieres actualizar el titular de un predio?

Estos cambios pueden hacerse automáticamente gracias a los procesos de interoperabilidad con la Superintendencia de Notariado y Registro.

¿Qué necesitas presentar?
Si tienes escritura pública, acto
adminitrativo o sentencia judicial
que acredite la titularidad del predio
Si no tienes escritura pública u
otros documentos registrados:
¿Genera cambio en el avalúo catastral?

No. Actualizar el propietario, poseedor u ocupante
no afecta el valor registrado de tu predio.

¿Cuánto tarda?

5 días hábiles o de forma inmediata en la ventanilla presencial de la Gerencia de Gestión Catastral.

Recuerda

Este servicio no admite reclamaciones ni apelaciones.

¿Necesitas corregir un error en tu información catastral?

Corrección de la inscripción catastral de un predio frente inconsistencias con la realidad del predio (errores o imprecisiones).

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cambios en el avalúo?

Únicamente si la rectificación se realiza sobre variables tales como área, uso, coeficiente, entre otras.

¿Cuándo queda aplicado?

- Si la rectificación se realiza por errores en la actualización o formación catastral, será la fecha de puesta en vigencia.
- Si es por otro motivo, será la fecha del acto en el que se corrige.

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles.
Si se requiere trabajo de campo, puede extenderse hasta 30 días.

Recuerda

Si la corrección no conlleva cambios en el avalúo catastral, este servicio se obtiene en 5 días hábiles o de forma inmediata en la ventanilla presencial de la Gerencia de Gestión Catastral.

¿Cómo se puede solicitar?

Por parte del ciudadano de oficio por la entidad catastral.

¿Para qué tipo de predios aplica?

Formales e informales.

¿Qué se puede corregir?

Errores en variables como:
- Área del predio
- Dirección
- Nombre del propietario, poseedor u ocupante
- Uso o destinación
- Coeficientes de construcción
- Otros datos técnicos

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.
- Si la decisión no afectó el avalúo recibirás una comunicación.

¿Tu predio no está correctamente georreferenciado en el mapa catastral?

La ubicación exacta del predio, construcciones o edificaciones si cuentas con un levantamiento topográfico que lo respalde.

¿Qué necesitas presentar?
Tipo de predio / área
Documento requerido
¿Genera cambios en el avalúo?

Sí, debido al ajuste generalmente en el área.

¿Cuándo queda aplicado?

- Si el error se presentó al momento de una actualización o información catastral: desde la puesta en vigencia.
- Si es otro caso: desde la fecha del acto que lo corrige.

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles.
Hasta 30 días si se requiere trabajo de campo.

¿Quién puede solicitarlo?

- El propietario, poseedor u ocupante 
- También puede iniciarse de oficio por la administración.

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.

¿Tu predio no está en la base de datos catastral?

Nuestro servicio permite la incorporación de predios, sin importar si son formales o se encuentran en condición de informalidad.

¿Qué es?

La inclusión de predios que no han sido registrados anteriormente en el catastro.

¿Qué necesitas presentar?
Predios en condición de informalidad
Predios en condición de formalidad
¿Genera cambios en el avalúo?

Sí. Se asigna un avalúo catastral como parte del proceso de incorporación.

¿Desde cuándo queda inscrito?

- Si el predio es informal: Fecha del documento que acredite la posesión u ocupación. Si no hay, la fecha declarada por el ocupante.
- Si el predio es formal: Fecha del registro en el folio de matrícula inmobiliaria.

¿Cuánto tarda?

Hasta 15 días.
Si requiere visita técnica: hasta 30 días.

¿Quién puede solicitarlo?

- El propietario, poseedor u ocupante.
- También puede iniciarse de oficio por la administración.

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.

¿Tu avalúo refleja realmente el valor de tu predio?

Si consideras que el valor catastral establecido para tu predio no es justo o no es correcto, puedes solicitar la revisión del avalúo.

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cambios en el avalúo?

Depende del resultado de la revisión. Si encuentran errores o razones válidas, el valor catastral se corrige. Si todo está bien, el valor no cambia.

¿Cuánto tarda?

Hasta 3 meses hábiles .

¿Desde cuándo aplica el nuevo avalúo?
Depende del tipo de ajuste
Fecha de aplicación
¿Quién puede solicitarlo?

El propietario, poseedor u ocupante de los predios tanto formales como informales.

Requisitos legales

- Notificación del acto administrativo al solicitante
- Procede recurso de reposición y apelación.

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.

Recuerda!

Los planos deberán contemplar las siguientes condiciones:

Formato DWG u otro formato geográfico, tales como Shapefile (.shp), GeoPackage (.gpkg) o Geojson. Te invitamos a consultar como convertir un archivo geográfico
https://mygeodata.cloud/

Coordenadas planas en el Sistema de Proyección Cartográfica Oficial para Colombia : MAGNA-SIRGAS/Origen-Nacional (EPSG:9377). Te invitamos a consultar como convertir o transformar datos al sistema oficial de referencia
https://origen.igac.gov.co/herramientas.html

Informe técnico que detalle como mínimo el método utilizado, la precisión y/o exactitud alcanzada, insumos utilizados, entre otros elementos que permitan verificar la calidad del plano.

¿Vas a dividir un predio o modificar sus linderos?

Este servicio aplica para predios formales, y no aplica para predios que se encuentran en Propiedad Horizontal.

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cambio del avalúo?

Sí, desde la fecha del registro de la escritura pública.

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles.
Si se requiere trabajo de campo, puede extenderse hasta 30 días.

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.

Recuerda!

Los planos deberán contemplar las siguientes condiciones:

Formato DWG u otro formato geográfico, tales como Shapefile (.shp), GeoPackage (.gpkg) o Geojson. Te invitamos a consultar como convertir un archivo geográfico
https://mygeodata.cloud/

Coordenadas planas en el Sistema de Proyección Cartográfica Oficial para Colombia : MAGNA-SIRGAS/Origen-Nacional (EPSG:9377). Te invitamos a consultar como convertir o transformar datos al sistema oficial de referencia
https://origen.igac.gov.co/herramientas.html

Informe técnico que detalle como mínimo el método utilizado, la precisión y/o exactitud alcanzada, insumos utilizados, entre otros elementos que permitan verificar la calidad del plano.

¿Necesitas unir varios predios?

Este proceso permite fusionar dos o más predios, creando una nueva unidad catastral. Ideal para aquellos que desean consolidar su propiedad o modificar los linderos de su terreno.

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cambios en el avalúo?

Sí. El nuevo avalúo aplica desde la fecha de inscripción en el folio de títulos.

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles. Si se requiere trabajo de campo, puede extenderse hasta 30 días.

¿Quién puede solicitarlo?

Tanto particulares (de parte) como la autoridad catastral (de oficio).

¿Qué fecha se registra?

La fecha de inscripción en el folio de títulos es la que se toma para efectos catastrales.

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.

Recuerda!

Los planos deberán contemplar las siguientes condiciones:

Formato DWG u otro formato geográfico, tales como Shapefile (.shp), GeoPackage (.gpkg) o Geojson. Te invitamos a consultar como convertir un archivo geográfico
https://mygeodata.cloud/

Coordenadas planas en el Sistema de Proyección Cartográfica Oficial para Colombia : MAGNA-SIRGAS/Origen-Nacional (EPSG:9377). Te invitamos a consultar como convertir o transformar datos al sistema oficial de referencia
https://origen.igac.gov.co/herramientas.html

Informe técnico que detalle como mínimo el método utilizado, la precisión y/o exactitud alcanzada, insumos utilizados, entre otros elementos que permitan verificar la calidad del plano.

¿Cambiaron los porcentajes de
copropiedad en tu edificio o condominio?

Aplica para predios formales que se encuentran en Propiedad Horizontal o Condominios.

¿Qué necesitas presentar?
Si solo cambias los coeficientes
Si se modificaron áreas o
unidades prediales
¿Genera cargos en el avalúo?

Sí, desde la fecha de inscripción.

¿Cuándo queda aplicado?

Desde la fecha de inscripción en el folio de matrícula inmobiliaria.

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles.
Si se requiere trabajo de campo, puede extenderse hasta 30 días.

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.

¿Necesitas dividir un terreno para construcción o ceder áreas públicas?

Cuando un barrio crece o se urbaniza, el catastro debe actualizarse.
Así el mapa oficial refleja la realidad de la ciudad, su desarrollo y garantiza los derechos de los propietarios.

Este trámite sirve para:

- Registrar lotes o viviendas nuevas creadas en urbanizaciones ya existentes.
- Incorporar áreas de uso público, como parques, vías o zonas verdes.

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cambios en el avalúo?

Sí, desde la fecha de inscripción catastral.

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles.
Si se requiere trabajo de campo, puede extenderse hasta 30 días.

¿Quién puede solicitarlo?

Tanto particulares (de parte) como la autoridad catastral (de oficio).

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.

Recuerda!

Los planos deberán contemplar las siguientes condiciones:

Formato DWG u otro formato geográfico, tales como Shapefile (.shp), GeoPackage (.gpkg) o Geojson. Te invitamos a consultar como convertir un archivo geográfico
https://mygeodata.cloud/

Coordenadas planas en el Sistema de Proyección Cartográfica Oficial para Colombia : MAGNA-SIRGAS/Origen-Nacional (EPSG:9377). Te invitamos a consultar como convertir o transformar datos al sistema oficial de referencia
https://origen.igac.gov.co/herramientas.html

Informe técnico que detalle como mínimo el método utilizado, la precisión y/o exactitud alcanzada, insumos utilizados, entre otros elementos que permitan verificar la calidad del plano.

¿Construiste, demoliste o hiciste reformas en tu predio?

Este servicio permite actualizar el catastro en los siguientes casos:
1. Si se agregó, remodeló o derribó algo en su propiedad.
2. Si existen cambios en la estructura, materiales o distribución (ej. ampliaciones, reformas).

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cambios en el avalúo?

Sí. se ajusta desde la vigencia de la fecha de inscripción catastral.

¿Cuándo queda aplicado?

Desde la fecha en que se radica la solicitud

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles.
Si se requiere trabajo de campo, puede extenderse hasta 30 días.

¿Quién puede solicitarlo?

- El propietario, poseedor u ocupante.
- También puede iniciarse de oficio por la administración.

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.

¿El uso de su predio ha cambiado?

Si deseas cambiar el uso o el destino de tu propiedad, este trámite es el adecuado para ti. Ya sea para fines residenciales, comerciales, industriales o institucionales, asegúrate de cumplir con los requisitos para registrar el cambio.

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cambios en el avalúo?

Sí, desde la vigencia de la fecha de inscripción.

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles.
Si se requiere trabajo de campo, puede extenderse hasta 30 días.

¿Quién puede solicitarlo?

Tanto particulares (de parte) como la autoridad catastral (de oficio).

¿Cuál es la fecha de inscripción?

Es la fecha en la que se hizo la solicitud.

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.

Recuerda!

El cambio de uso o destino económico puede tener un impacto en la tarifa aplicada en la liquidación del impuesto predial

¿Tu predio aparece dos veces o cambió de jurisdicción catastral?

Cuando los límites territoriales son modificados, también debe hacerlo su registro.

¿Qué necesitas presentar?
¿Por qué ocurre?

- Porque el predio está duplicado en la base catastral.
- Porque ha sido reasignado a otra unidad orgánica catastral.
- Porque una autoridad judicial o administrativa ha ordenado la modificación.

¿Qué pasa con un predio cuando la naturaleza lo transforma o lo borra del mapa?

Un procedimiento para formalizar la modificación o desaparición de un predio tras eventos como desastres naturales, avalado por orden judicial o autoridad competente.

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cambios en el avalúo?

No.

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles.
Si requiere trabajo de campo: hasta 30 días.

Fecha de inscripción catastral:

- Fecha del acto emitido (a solicitud de parte).
- Fecha ordenada por el juez o, en su defecto, del acto emitido por Catastro.

¿Quién puede solicitarlo?

- El propietario, poseedor u ocupante
- También puede iniciarse de oficio por la administración.

Aplica a:

Predios formales e informales.

¿Y si el valor lo propones tú?

Si el valor en el catastro no coincide con el de tu propiedad, puedes solicitar un cambio presentando un avalúo respaldado con documentos.

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cargos en el avalúo?

Se actualiza el avalúo catastral, con efecto a partir del 1° de enero del año siguiente.

¿Cuánto tarda?

Se tarda 15 días hábiles desde el momento de tu solicitud.
30 días hábiles si requiere visita técnica.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier propietario, poseedor u ocupante, para predios tanto formales como informales.

Fechas clave

- Solicítalo antes del 30 de junio de cada vigencia.
- Inscripción catastral: 31 de diciembre del mismo año.

¿Requieres que las actuaciones catastrales realizadas a tu predio queden registradas en el Folio de Matrícula Inmobiliaria?

Este servicio tiene un efecto directo en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cambios en el avalúo?

Dependiendo del ajuste realizado.

¿Cuándo queda aplicado?

15 días hábiles.
Si se requiere trabajo de campo, puede extenderse hasta 30 días.

Aplica a:

predios en condición de formalidad.

Tipo de solicitud:

De parte o de oficio.

¿En qué casos aplica?

1) Actualización de linderos con efectos registrales.
2) Rectificación de área por imprecisa determinación con efectos registrales.
3) Rectificación de linderos por acuerdo entre las partes.

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley. También podrán ser notificados sus vecinos colindantes.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.

¿Desde cuándo queda inscrito?

La fecha de inscripción catastral es la fecha en la que se emite el acto administrativo.

Recuerda!

Los planos deberán contemplar las siguientes condiciones:

Formato DWG u otro formato geográfico, tales como Shapefile (.shp), GeoPackage (.gpkg) o Geojson. Te invitamos a consultar como convertir un archivo geográfico
https://mygeodata.cloud/

Coordenadas planas en el Sistema de Proyección Cartográfica Oficial para Colombia : MAGNA-SIRGAS/Origen-Nacional (EPSG:9377). Te invitamos a consultar como convertir o transformar datos al sistema oficial de referencia
https://origen.igac.gov.co/herramientas.html

Informe técnico que detalle como mínimo el método utilizado, la precisión y/o exactitud alcanzada, insumos utilizados, entre otros elementos que permitan verificar la calidad del plano.

¿Requieres registrar cambios en los predios involucrados en obras de infraestructura sin necesidad de acudir a escritura pública?

Este servicio tiene un efecto directo en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cambios en el avalúo?

Dependiendo del ajuste realizado.

¿Cuánto tarda?

15 días hábiles.
Si requiere trabajo de campo: hasta 30 días.

Aplica a

Predios en condición de formalidad.

¿Quién puede solicitarlo?

- Propietario
- También puede iniciarse de oficio por la administración.

Fecha de la inscripción

Es la misma fecha del acto administrativo.

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley. También podrán ser notificados sus vecinos colindantes.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.

Recuerda!

Los planos deberán contemplar las siguientes condiciones:

Formato DWG u otro formato geográfico, tales como Shapefile (.shp), GeoPackage (.gpkg) o Geojson. Te invitamos a consultar como convertir un archivo geográfico
https://mygeodata.cloud/

Coordenadas planas en el Sistema de Proyección Cartográfica Oficial para Colombia : MAGNA-SIRGAS/Origen-Nacional (EPSG:9377). Te invitamos a consultar como convertir o transformar datos al sistema oficial de referencia
https://origen.igac.gov.co/herramientas.html

Informe técnico que detalle como mínimo el método utilizado, la precisión y/o exactitud alcanzada, insumos utilizados, entre otros elementos que permitan verificar la calidad del plano.

¿Sabías que puedes complementar la información de tu predio?

Si cuentas con información que puede enriquecer los datos actuales de tu predio —como fotos, documentos o certificaciones— puedes solicitar su incorporación en el catastro.

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cambios en el avalúo?

No.

¿Cuánto tarda?

5 días hábiles o de forma inmediata en la ventanilla presencial de la Gerencia de Gestión Catastral.

¿Quién puede solicitarlo?

- El propietario, poseedor u ocupante
- También puede iniciarse de oficio por la administración.

Fecha de inscripción catastral

Es la misma fecha del acto administrativo.

Aplica a:

Predios formales e informales.

¿Tu predio ha sufrido algún cambio normativo?

Esto puede deberse a que la entidad competente tomó una decisión oficial (acto administrativo) que afecta las características físicas del predio.

¿Qué necesitas presentar?
¿Genera cambios en el avalúo?

Si, desde 1 de enero del año siguiente a la expedición de acto administrativo de modificación de ordenamiento territorial.

¿Cuánto tarda?

Se tarda 15 días hábiles desde el momento de tu solicitud.
30 días hábiles si requiere trabajo de campo.

¿Qué tipo de solicitud es?

- De oficio, cuando lo hace la autoridad catastral
- De parte, cuando tú lo solicitas directamente

Fecha de inscripción catastral

Fecha del acto de ordenamiento territorial.

¿Tiene efectos legales?

- Una vez concluido el servicio, recibirás una notificación personal o electrónica, conforme a la Ley. También podrán ser notificados sus vecinos colindantes.
- Sobre la decisión notificada, podrás interponer un recurso de reposición y apelación.

Recuerda!

Este servicio aplica para predios en condición de formalidad.

¿Cómo acceder a nuestros servicios?

Puedes radicar tu solicitud a través de los siguientes canales:

Presencial:

Vía 40 #69-111, Piso 4 Barranquilla.

Correo electrónico:

gerenciagestioncatastral@barranquilla.gov.co